La constitución debe llegar a la hoja registral
Dar nombre a una sociedad limitada y firmar su escritura son pasos diferentes de inscribirla. Antes de la presentación, reúne la certificación de denominación, la identificación de los fundadores y los estatutos, y revisa cómo se acredita la aportación al capital. La escritura debe recoger también la administración inicial. El registro territorial calificará el documento correspondiente al domicilio social, mientras que el Registro Mercantil Central interviene en la reserva del nombre.
Coordinar la tramitación sin perder el resultado final
El sistema CIRCE permite encauzar determinadas constituciones mediante el Documento Único Electrónico y la intervención de notaría y organismos competentes. Elegir ese circuito no significa que una solicitud incompleta quede inscrita automáticamente. Guarda la escritura y las comunicaciones de calificación; si se señalan defectos, atiende su subsanación por el cauce indicado. La comprobación decisiva consiste en obtener los datos de inscripción de la nueva sociedad, además de completar las obligaciones fiscales y de actividad que correspondan.
